Aunque es un concepto muy técnico, al final tiene unas consecuencias que pueden ser perjudiciales para nuestros ganaderos, fundamentalmente en las zonas de montaña o sierra, y en menor medida en las zonas adehesadas.
A instancias del Tribunal de Cuentas comunitario,
Bruselas advirtió a España y a otros países, de que el terreno con ayudas tenía que ser realmente pastos, por lo que al ser una norma de carácter europeo, se implanta en toda España y es de obligado cumplimiento, pero las administraciones competentes para su cálculo, aplicación y comunicación a los ganaderos son las Comunidades Autónomas, mientras que el Gobierno tiene la labor de coordinar y ayudar para su correcta ejecución.
Esta teoría la podíamos aceptar como válida, y no considerar como pastos un pedregal, una pendiente exagerada que no puede pastar el ganado, pero es más difícil de entender respecto a los terrenos con árboles, es muy difícil de entender, que un encinar no se considere zona de pastos, cuando siempre ha pastado el ganado, además de que produce bellota, o en este caso y en otros parecidos ayuda al crecimiento de pastos, o hay alimento también con el ramoneo, etc.
No se puede extender un modelo de pasto homogéneo a toda la Unión Europea, ni incluso en España, y si se apura un poco en Castilla y León; no se pueden tomar decisiones desde los despachos, sino que hay que bajar a la realidad, y donde siempre ha existido ganado extensivo, tiene que seguir igual.
Además hay que tener en cuenta otros componentes, la ganadería en el Rebollar o en los Arribes, han servido de agentes ambientales, teniendo limpio el monte, como se siga por esta senda se va a ir abandonando poco a poco.
Siempre hace falta la cordura, el punto intermedio, y en este caso también.
Juan Luis Cepa.