Los Plenos de Ciudad Rodrigo se abren a todos los vecinos

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Ciudad Rodrigo. CARLOS GARCÍA

El concejal de Participación Ciudadana y Teniente de Alcalde, Domingo Benito, ha enviado una nota de prensa a los medios de comunicación en la que informa sobre una de las medidas que en su programa electoral tenían mayor prioridad, es decir, la de abrir el Ayuntamiento, como institución pública, a toda la ciudadanía.

En este sentido, todos los vecinos podrán formular ruegos o preguntas en los Plenos Ordinarios.

En principio, los plenos se celebrarán a partir de las ocho de la tarde.


Estos son los siete puntos que ha acordado el equipo de gobierno del Ayuntamiento de Ciudad Rodrigo


1. Hasta que Ciudad Rodrigo se dote de un Reglamento de Participación Ciudadana adaptado a la Carta Europea de Autonomía Local, al finalizar cada sesión ordinaria de pleno, el Alcalde concederá un turno de intervención a los vecinos asistentes a fin de que formulen preguntas o ruegos a los miembros de la corporación, de forma concreta y sobre temas de interés local.

2. Los plenos ordinarios, salvo excepciones justificadas, se celebrarán a las 20 horas.

3. Podrán formular ruegos y preguntas los y las vecinas empadronadas en Ciudad Rodrigo así como los y las representantes de asociaciones inscritas en el Registro Municipal de Asociaciones.

4. Deberá hacerse constar mediante instancia al efecto indicando su identidad, medio de contacto y asunto al que hará referencia el ruego o la pregunta que se formulará. La instancia deberá presentarse en el Registro General del Ayuntamiento de Ciudad Rodrigo en horario de atención ciudadana del mismo.

a. Podrán ser representantes de las asociaciones cualquiera de los miembros de la Junta Directiva según los datos obrantes en el registro municipal de asociaciones.

b. Igualmente podrá serlo cualquier otra persona en la que la asociación delegue dicha responsabilidad, debiendo entregar en este caso un acta en el que se refleje dicho acuerdo.

5. La formulación del ruego o la pregunta deberá ser directa y concisa, sin menoscabo de que se pueda realizar una breve introducción o

exposición de motivos. Deberá, igualmente, ser clara y versar sobre asuntos de competencia municipal.

6. Las preguntas serán contestadas por el Alcalde o el/la concejal/a interpelado en el próximo pleno ordinario, salvo que desee responder de inmediato.

7. Los ciudadanos podrán solicitar igualmente que se les haga llegar la información solicitada por escrito, con cargo al presupuesto municipal, o por e_mail, sin menoscabo de la incorporación de la respuesta en el acta plenaria en un apartado específico y diferenciado.

Domingo Benito Lucas