Aprobada la Norma del Ibérico en Consejo de Ministros

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El Consejo de Ministros ha aprobado hoy la Norma de Calidad del Ibérico, que regulará este sector, tan importante para la provincia de Salamanca
Entre las novedades de última hora, el hecho de que los jamones que estén ya en bodega y sean de ibérico de recebo (una denominación que desaparece con la nueva norma) se tendrán que etiquetar con un precinto marrón cuando salgan al mercado.

En cuanto a la alimentación, la Norma establece tres categorías: Bellota (alimentación exclusiva de bellota y de hierba), Cebo de Campo (alimentación de bellota y pienso) y Cebo (Alimentación de pienso)

En cuanto a la raza, la Norma establece dos categorías: 100% Ibérico e Ibérico (con cruces de Ibérico y Duroc).

En cuanto al etiquetado, la Norma permite la denominación de “Pata Negra” para los productos de animales 100% Ibéricos de bellota y la de “Dehesa o Montanera” para los productos de animales alimentados en exclusiva a base de bellota.

Además, los jamones y paletas tendrán el siguiente precinto:

Negro: De bellota 100% Ibérico

Rojo: De bellota Ibérico

Verde: De cebo de Campo Ibérico

Blanco: De cebo Ibérico

Por tanto, Las denominaciones de venta se simplifican, pasando de las cuatro opciones anteriores ("de bellota o montanera", "de recebo", "de cebo de campo" y "de cebo") a tres: "de bellota", "de cebo de campo" y "de cebo", y se elimina la designación "recebo".

Plazo hasta el 1 de marzo de 2014

Los productos en elaboración que vayan a ser puestos en el mercado antes del 1 de

marzo de 2014, se etiquetarán utilizando las denominaciones de venta establecidas en el Real Decreto 1469/2007, por el que se aprueba la norma de calidad para la carne, el jamón, la paleta y la caña de lomo ibéricos, y podrán ser comercializados hasta final de existencias de dichos productos.

Precinto marrón para el Recebo

Los productos con derecho al empleo de la mención “de recebo” con arreglo al RD

1469/2007, que estén en fase de elaboración en el momento de entrada en vigor de la

norma, podrán seguir comercializándose hasta finalización de existencias. Si el operador optase por etiquetar todos sus productos en elaboración de acuerdo con lo especificado en la presente norma, el precinto que incorpore la categoría “de recebo” será de color marrón. Se procederá igualmente a la colocación de precinto marrón a los productos procedentes de animales “de recebo” nacidos antes de la fecha de entrada en vigor de esta norma y sacrificados con posterioridad a dicha fecha, hasta final de existencias.