La normativa de Castilla y León para la próxima temporada de caza, que establece la media veda a partir del próximo 15 de agosto, excluye a la grajilla de las especies cazables y a la liebre de las comercializables.
Según la orden que este jueves publica el Boletín Oficial de Castilla y León, la época de caza menor abarca desde el cuarto domingo de octubre hasta el último domingo de enero, además de las fechas que se establezcan para la media veda. Asimismo, se autoriza la caza del zorro durante la época de caza mayor y la Dirección General del Medio Natural podrá autorizar, a petición de la Federación Castellano-Leonesa de Galgos, la caza de la liebre con galgo desde el 12 de octubre en determinados cotos.
Ciervo y Gamo
La caza mayor se fija para el ciervo y gamo desde el primer domingo de septiembre hasta
el último domingo de es mes únicamente a rececho, mientras que a partir del día
siguiente y hasta el tercer domingo de febrero se autoriza en todas sus
modalidades.
Corzo
En el caso del corzo, para ambos
sexos se permite desde el primer domingo de abril hasta el primer domingo de
agosto, y desde el primer domingo de septiembre hasta el tercer domingo de
octubre. Desde el 1 de enero hasta el tercer domingo de febrero sólo se podrán
cazar hembras.
Rebeco
En rebeco, la temporada
va desde el 1 de mayo hasta el 15 de julio y desde el 1 de septiembre hasta el
15 de noviembre.
Cabra montés y muflón
La cabra montés y muflón se podrá cazar desde el 1 de marzo
hasta el 30 de junio y desde el 15 de septiembre hasta el 15 de diciembre.
La orden recuerda que el lobo se puede abatir desde el primer
domingo de septiembre hasta el último domingo de ese mes únicamente a rececho,
aguardo o espera, y a partir del día siguiente y hasta el tercer domingo de
febrero en todas sus modalidades.
Rececho y aguardo
Exclusivamente para las modalidades de rececho, aguardo o espera
se amplía el plazo hasta el último día de febrero, en las zonas y condiciones
autorizadas para esta especie.
Jabalí
Respecto al jabalí, la época hábil
va desde el cuarto domingo de septiembre hasta el tercer domingo de febrero.
Caza Menor
La caza menor queda limitada, con carácter general, a los
jueves, sábados, domingos y festivos de carácter nacional y autonómico de
Castilla y León dentro
del período hábil establecido.
Los días hábiles para la caza mayor serán los estipulados en los
correspondientes planes cinegéticos.
Las especies cazables durante la media veda son la codorniz,
tórtola común, paloma torcaz, urraca, corneja y zorro.
Asimismo, en esta época los días hábiles serán los que fije la
Dirección General del Medio Natural en cada zona, pero la fecha de inicio no
podrá ser anterior al 15 de agosto ni la de cierre posterior al 15 de
septiembre.
Tórtula y Paloma torcaz
Para la tórtola común y la paloma torcaz, se
retrasa el
comienzo de la época hábil al 22 de agosto y en general el número de días
hábiles no podrá exceder de veinte, no necesariamente consecutivos.
El número máximo de piezas a cobrar por cazador y día se fija
para la codorniz en treinta y para la
tórtola común en ocho.